Horarios:
- Los horarios en este Contrato se rigen por la hora central de los Estados Unidos (Chicago).
- Cuando los pedidos se reciban antes de las 5 p. m. de un día hábil, las Piezas para los Equipos Cubiertos se enviarán el mismo día. Los pedidos de Piezas para el Equipo cubierto que se reciban después de las 5 p. m. se enviarán el día hábil siguiente.
Facturación y pago: El Cliente le pagará a MEAU el precio por la Opción seleccionada por adelantado, más los impuestos sobre la ventas o uso correspondientes. El Cliente pagará los cargos netos a treinta (30) días de la fecha de la factura. Los servicios y las reparaciones que no se cubran en virtud de la Opción se facturarán sobre la base de mano de obra y piezas utilizadas, a pagar en el momento en que se presten los servicios, a menos que MEAU haya hecho otros arreglos por adelantado. Los precios no incluyen los impuestos de ventas, uso y demás impuestos, y el importe de dichos impuestos que MEAU deba pagar o cobrar puede agregarse a cada factura o MEAU puede facturarlo por separado al Cliente. Cualquier importe vencido está sujeto a un interés del uno por ciento (1%) mensual o la tasa más alta permitida por ley. El Cliente será responsable de todos los costos y gastos en los que incurra MEAU, incluidos los gastos en abogados y todos los costos relacionados con el cobro de sus facturas u otros pagos adeudados.
Garantía limitada:
- Los servicios que presta MEAU de conformidad con el presente Contrato no garantizan que el funcionamiento de los Equipos Cubiertos será ininterrumpido y no tendrá errores.
- MEAU garantiza, por el plazo restante de este Contrato o noventa (90) días a partir de la fecha de prestación del servicio (el “Período de Garantía”), el que sea mayor, que: (i) los Servicios se prestarán de manera competente; y (ii) cualquier Pieza que proporcione MEAU en relación con este Contrato estará libre de defectos en los materiales o la fabricación al momento de la instalación (el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas (i) o (ii) se considerará un “Defecto Cubierto”). El Cliente entiende que las Piezas pueden incluir, a discreción de MEAU, el reemplazo de Equipos, piezas o componentes de estos con Equipos, piezas o componentes reparados que tengan la misma función.
- SI MEAU RECIBE UN AVISO POR ESCRITO DE UN DEFECTO CUBIERTO DURANTE EL PERÍODO DE GARANTÍA, LA ÚNICA Y EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE MEAU Y LA ÚNICA Y EXCLUSIVA COMPENSACIÓN DEL CLIENTE SERÁ, A ELECCIÓN DE MEAU, MODIFICAR O REPARAR, TAN PRONTO COMO SEA POSIBLE, LOS EQUIPOS CUBIERTOS QUE NO ESTÉN FUNCIONANDO, SEGÚN EL USO Y MANTENIMIENTO NORMAL, DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES DE FÁBRICA DEBIDO A UN DEFECTO EN LOS MATERIALES O LA FABRICACIÓN, SUJETO A LOS TÉRMINOS, CONDICIONES Y LIMITACIONES QUE SE DESCRIBEN EN ESTA GARANTÍA LIMITADA. ESTA GARANTÍA LIMITADA NO INCLUYE REPARACIONES DEL PRODUCTO IN SITU.
- El párrafo anterior establece la compensación exclusiva del Cliente y la responsabilidad única de MEAU por cualquier reclamo en virtud de la prestación de los servicios por parte de MEAU o los defectos en materiales, piezas o servicios suministrados, de conformidad con este Contrato, ya sea que dicho reclamo resulte de una responsabilidad contractual, garantía, agravio (incluida negligencia), responsabilidad objetiva o de otra manera. Esta garantía limitada reemplaza a todas las demás garantías, ya sean escritas u orales, implícitas o legales. A MENOS QUE SE ESPECIFIQUE LO CONTRARIO EN EL PRESENTE CONTRATO, MEAU NO OFRECE NINGUNA OTRA GARANTÍA de ningún tipo, EXPRESA NI IMPLÍCITA, al cliente, sus usuarios finales o algún tercero, CON RESPECTO A LAS PIEZAS O LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS DE CONFORMIDAD CON ESTE CONTRATO. TODAS LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD Y ADECUACIÓN PARA UN FIN PARTICULAR, ESTÁN EXPRESAMENTE EXCLUIDAS DEL PRESENTE DOCUMENTO. NINGUNA INFORMACIÓN O ASESORAMIENTO ORAL O ESCRITO PROPORCIONADO POR MEAU O CUALQUIERA DE SUS EMPLEADOS O AGENTES CREARÁ UNA GARANTÍA NI DE NINGUNA FORMA INCREMENTARÁ EL ALCANCE DE LA GARANTÍA ESTIPULADO ANTERIORMENTE, Y NINGUNA DE DICHAS PERSONAS POSEE AUTORIDAD PARA MODIFICAR NINGÚN ASPECTO DE LA GARANTÍA PORPORCIONADA ANTERIORMENTE O CREAR NINGUNA OTRA GARANTÍA, EXCEPTO MEDIANTE UNA MODIFICACIÓN POR ESCRITO DE ESTE CONTRATO.
Leyes y estándares normativos: MEAU no presenta ninguna promesa, declaración o garantía de que las Piezas o el Servicio cumplirán con toda ley, ordenanza, reglamentación, código o estándar federal, estatal o local, a menos que un representante de MEAU debidamente autorizado lo especifique y lo acuerde por escrito. Los precios no incluyen el costo de ninguna inspección o permiso.
LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD:
- EN NINGÚN CASO, YA SEA CONTRACTUAL, POR GARANTÍA, AGRAVIO (INCLUIDA NEGLIGENCIA) O DE CUALQUIER OTRA MANERA, MEAU SERÁ RESPONSABLE PARA CON EL CLIENTE O CUALQUIER TERCERO POR DAÑOS INDIRECTOS, FORTUITOS, ESPECIALES O EMERGENTES DE NINGUNA NATURALEZA, INCLUIDOS, ENTRE OTROS, LUCRO CESANTE, PÉRDIDA DE USO DE LOS PRODUCTOS, PÉRDIDA DEL USO DE LOS EQUIPOS CUBIERTOS, DISFUNCIÓN DE OTROS BIENES O DE OTRA COSA, PRODUCCIÓN PERDIDA, PÉRDIDA DE CLIENTES, FONDO DE COMERCIO PERDIDO O PERÍODO DE INACTIVIDAD.
- Bajo ninguna circunstancia MEAU será responsable directa o indirectamente de ningún daño al Equipo cubierto o cualquier otra propiedad del Cliente, ni de ninguna lesión o muerte de ninguna persona en conexión con el desempeño de MEAU en virtud de este Contrato, excepto que dicho daño, lesión o muerte se atribuya directa y únicamente a la negligencia grave de MEAU. La responsabilidad completa de MEAU y la compensación única y exclusiva del Cliente por los reclamos que existan en conexión con este Contrato o que surjan de él, o el suministro de servicios y productos de MEAU descritos en este Contrato, se limitarán a los daños directos y reales del Cliente, que no podrán exceder el valor contable neto del Equipo cubierto (costo del Equipo cubierto menos la depreciación hasta la fecha) o tres veces los cargos anuales para el periodo de cobertura especificado en este Contrato, reducido por cualquier daño que se atribuya a la negligencia de los empleados o agentes del Cliente, el que sea mayor. En ningún caso MEAU será responsable de ninguna pérdida o daño que surja de no descubrir o reparar defectos latentes o defectos inherentes al diseño del Equipo cubierto.
Control de exportación: Las piezas se le venden al Cliente en los Estados Unidos. El cliente, y no MEAU, realizará cualquier exportación del Equipo cubierto, las Piezas o cualquier tecnología relacionada con las piezas o el Equipo cubierto. El Cliente es el único responsable, a su costa, de cumplir con todas las leyes y normativas de exportación aplicables con respecto a la exportación de los Equipos cubiertos y los componentes de los mismos, incluyendo la Ley para la administración de exportaciones de los Estados Unidos y las Normativas de administración de exportaciones promulgadas ocasionalmente en virtud de la anterior, según se modifiquen, y de obtener la licencia, el permiso o cualquier otra aprobación de exportación necesaria que pueda exigirse con respecto a la exportación o reexportación de cualquier Parte o Equipo cubierto. El Cliente formalizará todos los documentos exigidos por MEAU para cumplir con las leyes y normativas de los Estados Unidos. Si dichos documentos no se completan correctamente y se envían a MEAU según se soliciten, MEAU puede rescindir la venta al Cliente de las Piezas y la prestación del servicio para el Equipo cubierto en cualquier momento sin ninguna responsabilidad adicional de MEAU para con el Cliente.
Plazo: Este Contrato comenzará en la Fecha de entrada en vigencia y continuará por un período de uno o dos años a partir de entonces, según corresponda en virtud de la Opción que haya seleccionado el Cliente y que se indique en el Contrato.
Incumplimiento y Rescisión: Además de todos los demás derechos y las compensaciones que se le proporcionen a MEAU por ley o de conformidad con el presente Contrato, MEAU podrá, si lo desea, rescindir este Contrato inmediatamente sin nuevo aviso al Cliente si: (a) el Cliente no realiza el pago en la fecha de vencimiento; (b) el Cliente cede los beneficios a acreedores, admite por escrito su incapacidad para pagar sus deudas en las fechas de vencimiento, un tribunal asigna un administrador o síndico de todos los activos del Cliente o una parte sustancial de estos, el Cliente u otros inician procedimientos de quiebra o reorganización, el Cliente se declara insolvente o no puede pagar sus deudas en las fechas de vencimiento; (c) MEAU tiene razones fundadas para dudar de la capacidad de cumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones hacia MEAU y el Cliente no le brinda a MEAU la garantía adecuada de que podrá cumplir en un plazo de diez (10) días desde la petición de MEAU de dicha garantía; o (d) el Cliente no cumple con sus obligaciones en virtud de este Contrato y no compensa dicho incumplimiento en un plazo de diez (10) días después de recibir la notificación de dicho incumplimiento.
Fuerza Mayor: MEAU no será responsable por los daños que resulten de cualquier demora o incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato debido a toda causa que no esté bajo el control razonable de MEAU, incluidos, entre otros, casos fortuitos, actos del Cliente o cualquiera de sus representantes o agentes, embargos o cualquier otra medida gubernamental, reglamentaciones u ordenanzas, incendios, inundaciones, congelamientos, tormentas, accidentes, huelgas, ralentización, guerras, disturbios, demoras en el transporte, incapacidad de obtener la mano de obra, los materiales, el combustible o las instalaciones de fabricación, o cualquier otra circunstancia, ya sea similar a las anteriores o diferente, que esté fuera del control razonable de MEAU. En el caso de que exista dicha demora, la fecha de la prestación del servicio se extenderá por un periodo igual al tiempo perdido por la demora y, si dicha demora se origina por un acto del Cliente o alguno de sus agentes o representantes, el Cliente reembolsará a MEAU por cualquier costo adicional que surja de dicha demora.
Totalidad del Contrato: Los términos y las condiciones del presente Contrato y sus anexos, si los hubiera, adjuntos o a los que se haga referencia, constituyen la totalidad del contrato entre las partes con respecto a su objeto. Se reemplazarán todos los contratos, las representaciones, las declaraciones, las negociaciones, los acuerdos y los compromisos anteriores y actuales con respecto al objeto de este Contrato. Cada parte acepta que no existen garantías, afirmaciones, acuerdos o entendimientos de ningún tipo, naturaleza o descripción realizada por cualquiera de las partes a la otra, excepto aquellos que se incluyen expresamente en el presente Contrato. Ninguna modificación o cambio al presente Contrato tendrá vigencia a menos que se realice por escrito y esté firmado por los representantes autorizados de ambas partes.
Cesión: El Cliente no podrá ceder el presente Contrato. Cualquier intento del Cliente de ceder cualquiera de sus derechos, deberes u obligaciones en virtud de este Contrato es nulo. El Cliente confirma y acepta que los subcontratistas o proveedores de servicios autorizados que seleccione MEAU pueden prestar los servicios descritos en el presente Contrato.
Notificaciones: Cada vez que, en virtud de los términos de este Contrato, o en conexión con él, sea adecuado u obligatorio enviar una notificación, un consentimiento, una aprobación, una autorización u otra información a cualquiera de las partes, tal notificación, consentimiento, aprobación, autorización o información deberá realizarse por escrito y entregarse o enviarse a las partes por fax, por un servicio de mensajería confiable que lo entregue a la mañana siguiente, con documentación del recibo por parte del destinatario original, o por correo registrado o certificado, con acuse de recibo y con el franqueo pagado previamente, a la dirección que indiquen las partes debajo de su firma en el presente Contrato o a cualquier otra dirección que las partes especifiquen de forma ocasional mediante una notificación proporcionada según lo que se indica el presente párrafo.
Varios:
- Si cualquier disposición del presente Contrato se considera no válida, ilegal o no exigible, la validez, legalidad y cumplimiento de las demás disposiciones no se verá de ninguna forma afectada ni limitada por esto.
- Este Contrato se regirá e interpretará según las leyes del estado de Illinois. La venta de Piezas al Cliente no se regirá por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, con sus enmiendas, la Convención sobre la Prescripción en materia de Compraventa Internacional de Mercaderías, con sus enmiendas, y la Ley Uniforme de Transacciones de Información por Computadora, y las partes por el presente renuncian a los efectos de dichos acuerdos.
- Salvo que se especifique lo contrario en el presente documento, todas las disputas o controversias que surjan de este Contrato, o que estén relacionadas con él de alguna manera, que las partes no resuelvan de buena fe en un plazo de treinta (30) días después de que cualquiera de las partes notifique a la otra sobre su deseo de arbitrar tales disputas o controversias se resolverán mediante arbitraje vinculante ante un panel de tres (3) árbitros de acuerdo con las reglas comerciales vigentes en ese momento, según lo modifique o complemente este artículo, de los Servicios Judiciales de Arbitraje y Mediación (“JAMS”, por sus siglas en inglés). El arbitraje se llevará a cabo en Chicago, Illinois. La sentencia arbitral se comunicará por escrito y en ella se deberán especificar los fundamentos fácticos y legales de dicha sentencia. La sentencia arbitral será definitiva y vinculante, y cualquier tribunal de jurisdicción competente podrá dictar una sentencia congruente con ella. Las partes acuerdan que el laudo arbitral se tratará de manera confidencial, y las partes no divulgarán, salvo que la ley u orden judicial exija lo contrario, el laudo arbitral a ningún tercero, excluyendo al personal de sus compañías afiliadas y sus abogados y contadores con necesidad de conocerlo, siempre que dichos destinatarios acepten estar obligados por las mismas restricciones que se establecen en este Contrato. El árbitro no tendrá la facultad de dictar una sentencia por daños punitivos. En caso de que exista un conflicto, este artículo reemplazará y controlará las reglas de JAMS. Nada de lo que se incluya en este artículo se interpretará como un impedimento o una prohibición para que cualquiera de las partes busque una compensación provisional, como una orden judicial o una orden de restricción temporal.
- Ninguna renuncia o la falta de una de las partes de exigir el estricto cumplimiento de cualquier disposición del presente Contrato en cualquier aspecto no se considerará una renuncia de dicha parte al derecho de insistir con el estricto cumplimiento de dicha disposición o de otras disposiciones del presente Contrato. Ninguna renuncia de ninguna de las partes de cualquier incumplimiento de este Contrato constituirá una renuncia a cualquier otro incumplimiento futuro. Ninguna renuncia será vinculante, a menos que sea formalizada por escrito por la parte contra la que se busca exigir la renuncia.
- Los encabezados incluidos en estos términos y condiciones se incluyen solo para referencia y no se considerarán en ninguna interpretación de los mismos.
- El texto de todas las partes del presente Contrato se interpretará en todos los casos como un todo, de conformidad con su significado justo y no estrictamente en favor ni en contra de ninguna de las partes.
- MEAU y el Cliente son contratistas independientes y su relación no es la de representado y representante. Ningún acto u obligación de ninguna de las partes es de ninguna manera vinculante para la otra parte.