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¿Quiénes somos?

MEAU CTPAT Social Compliance Code of Conduct

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julio 31, 2023

Mitsubishi Electric Automation (MEAU) es un proveedor líder de productos de automatización de fábricas en Norteamérica. Obtenemos productos a nivel internacional y reconocemos la importancia de los derechos humanos. Estamos estrictamente comprometidos con los estándares de cumplimiento legal y conducta comercial ética en lo que respecta a nuestra adquisición de bienes y servicios. No nos asociaremos con ninguna empresa que use trabajo forzado. Participamos en la aplicación de leyes y políticas gubernamentales de prohibición del trabajo forzado en nuestra cadena de suministro.

Como nuestro proveedor extranjero, queremos que trabaje con nosotros para seguir desarrollando el cumplimiento en sus cadenas de suministro según lo definido por los procesos proporcionados a MEAU por la Asociación de Aduanas y Comercio contra el Terrorismo de Estados Unidos. (CTPAT MSC 3,9). También esperamos que nuestros proveedores evalúen a sus proveedores y subcontratistas en el marco de estos estándares mediante la implementación y el mantenimiento del seguimiento de las cadenas de suministro a fin de identificar los insumos de fabricación de productos que puedan contener trabajo forzado. Las operaciones se llevan a cabo en un universo cada vez más diverso, motivo por el cual pueden surgir circunstancias en las que los requisitos legales, reglamentarios, entre otros, puedan requerir la aplicación o interpretación de este Código de maneras que garanticen el cumplimiento de la ley local vigente.

Los estándares de trabajo forzado se basan en el Artículo 307 de la Ley de Aranceles de 1930 (19 U.S.C. § 1307). La Ley prohíbe la importación a los EE. UU. de bienes hechos con mano de obra forzada. El Artículo 307 prohíbe la importación de cualquier bien hecho “total o parcialmente” con mano de obra forzada, en régimen de servidumbre o por convictos, en cualquier parte del mundo. “Todos los bienes, mercancías, artículos y mercaderías, extraídos, producidos o fabricados total o parcialmente en cualquier país extranjero usando trabajo de convictos, trabajo forzado o en régimen de servidumbre bajo sanciones penales no tendrán derecho a ingresar en puertos de los EE. UU. La importación de estos bienes está prohibida. La agencia aduanera de los EE. UU. tiene el poder de emitir una orden de retención de liberación (Withhold Release Order, WRO), que es una instrucción a los funcionarios aduaneros de los EE. UU. para evitar que las importaciones ingresen a los EE. UU. debido a pruebas “razonables pero no concluyentes” de que se usó mano de obra forzada en la producción de los bienes en el extranjero. Los bienes que están sujetos a una WRO se detendrán en los puertos de los EE. UU.

El trabajo forzado está definido en el Convenio n.º 29 de la Organización Internacional del Trabajo. Se aplica a todo el trabajo o servicio exigido a cualquier persona bajo la amenaza de cualquier sanción por su incumplimiento y para el cual el trabajador no se ofrece voluntariamente. El Convenio de la Organización Internacional del Trabajo tiene once indicadores de trabajo forzado. Estos son: el engaño, el aislamiento, la violencia física y sexual, la restricción del movimiento, el abuso de vulnerabilidad, la intimidación y las amenazas, la retención de documentos de identidad, la retención de salarios, la servidumbre por deuda, las condiciones abusivas de trabajo y de vida, y las horas extra excesivas. El Artículo 307 también prohíbe la mano de obra en régimen de servidumbre, lo que incluye la servidumbre por deuda y el peonaje. El término “trabajo forzado o trabajo en régimen de servidumbre” incluye el trabajo infantil forzado o en régimen de servidumbre. Prohíbe la importación de bienes hechos usando mano de obra de convictos o prisioneros en el exterior, sin excepciones.

MEAU trata a los proveedores extranjeros con respeto e integridad, y está dedicada al objetivo de ser un buen socio para usted, que nos ayuda a cumplir nuestra misión. Se espera que proteja los derechos humanos proclamados internacionalmente en sus operaciones y para sus empleados, y que no use directa o indirectamente el trabajo forzado ni los insumos producidos con dicho trabajo. MEAU le brinda capacitación para verificar el riesgo de sus proveedores de participar en trabajos forzados. A su vez, usted le proporcionará a MEAU evidencia del control de la cadena de suministro de sus proveedores. Juntos, MEAU y usted contribuirán a que nuestras cadenas de suministro estén libres de riesgos de trabajo forzado.

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